Chile - Solidaridad con los Presos Políticos - Enero 20044

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Prontuario de Juan Agustín Figueroa Yávar.

 

Proceso Norín – Pichún

(por Claudio Escobar Cáceres)

 

“A través de la radio oigo al señor Figueroa alabando la “evidente vigencia del Estado de Derecho en Chile”. Nada dirá acerca del diligente movimiento de sus influencias ni de los testigos secretos (esto último, señal de la “modernidad de la justicia” en un país democrático). ¿Es la reanudación del “Far West” en la región Mapuche? ” (Elicura Chihuailaf, Poeta)

 

“Deben pagar por los pecados de su comunidad” (refiriéndose a los lonkos Pichún y Norín), el pueblo Mapuche debe ser asimilado “definitivamente al ciclo económico”, los indígenas deben “reciclarse a la sociedad mayor” y “se debería repetir una moderna pacificación de la araucanía”,  son algunas de las frases decidoras de lo que pasa por la cabeza de Juan Agustín Figueroa Yávar.

 

Profesión y Cargos Relevantes : Abogado. Latifundista. Presidente “VITALICIO” de la Fundación Neruda. Ex Ministro de Agricultura del gobierno de Patricio Aylwin. Actual Ministro del Tribunal Constitucional (*). Profesor de Derecho Procesal de la Universidad de Chile, Militante del Partido Radical.

 

1986:  Se crea la Fundación Neruda. Juan Agustín Figueroa la preside desde esa fecha. Intelectuales de amplio espectro han coincidido en el autoritarismo de su gestión y en que convirtió  la Fundación en una mercancía para turistas del primer mundo que moviliza sin trasparencia ingresos por más de 400 mil dólares al año. Demás está decir que uno de sus golpes de timón fue el haber amasado lentamente un directorio de la fundación lleno de parientes y cercanos (esposa, hermana y amigos íntimos).

 

Gobierno de Aylwin - Marzo 1990 a Marzo 1994: Ministro de Agricultura. Como tal, participó del equipo interministerial que coayudó  a elaborar la Ley Indígena (19.253).

 

1995:  Asesor jurídico del Proyecto GOLDEN SPRING (Manantial o Primavera Dorada) de la empresa asiática Sung Kung Enterprise a desarrollarse en la Isla de Chiloé. Este proyecto, fuertemente cuestionado por ecologistas y Huilliche de la isla, pretendía en una propiedad de 23 mil hectáreas depredar bosque antiguo. Por los numerosos errores: trabajar al margen de la ley; por el hecho de invertir altas sumas de dinero en infraestructura de acopio, caminos y maquinaria de extracción pesada y sin tener la certeza de  la viabilidad del proyecto; por el naufragio de sus barcazas –hecho silenciado en la prensa-, se piensa que el proyecto no era sino lavado de dinero. La empresa estaba dichosa de tener por asesor a un “hombre  relacionado”, herencia de su titularidad como ex ministro.

 

12 Dic. 2001: Incendio de la casa del hijo de Juan Agustín Figueroa, fundo Nancahue, Comuna de Traiguén, IX Región.

 

16 Dic. 2001 : Varios Focos (4) de Incendio, fundo San Gregorio –de propiedad de los hermanos Sagredo Marín-, Comuna de Traiguén, IX Región.

 

Fueron sindicados como sospechos de autoría intelectual y material los lonko: Pascual Pichún Paillalao (Lonko de Temulemu) y Aniceto Norín Catrimán (Lonko de Diádico) además de ser involucrada en estos hechos Patricia Troncoso. Pasan más de un año detenidos por esta sospecha, sin ser iniciado un juicio.

 

10 Abril, 2003: El Tribunal oral en lo penal de Angol no pudo hacerse la convicción para demostrar la participación de los acusados en los delitos de amenazas e incendios terroristas, por lo tanto se dictó sentencia absolutoria. Ya a esa altura, el desarrollo del juicio se había realizado en un ambiente turbio, con extraños atentados y efectos comunicacionales, como también la participación de testigos sin rostro, que de manera absurda fueron utilizados como principales medios de prueba para testimoniar contra los Lonko.

 

Abril 2003: Pascual Pichún, se dirigió al Presidente de Chile emplazándolo por su responsabilidad. Parte de sus argumentos fueron: ."Soy Pascual Pichún Paillalao, lonko Mapuche de la comunidad Antonio Ñiripil de Temulemu, a quién la justicia chilena mantuvo por más de un año detenido en la Cárcel Pública de Traiguén junto al peñi Aniceto Norin y la lamngen Patricia Troncoso, sin pruebas ni antecedentes acusado de ser un "terrorista" y un "peligro para la sociedad". Como usted ya debe saber, un tribunal de la novena región hizo finalmente justicia en nuestro caso y ratificó aquello que nosotros siempre dijimos ante los fiscales y la opinión pública. Me refiero a nuestra completa inocencia en todos los cargos imputados por el Ministerio Público".... "Esta carta que hoy le escribo no es para lamentar nuestra suerte como mapuches sino para exigir de su parte un mínimo de respeto y justicia. Creo que usted como autoridad debiera hacer que los responsables de nuestro encarcelamiento paguen por su error"..... Dicha misiva nunca fue respondida...

 

2 Julio, 2003: La Corte Suprema decide anular la sentencia absolutoria. Fue posible un segundo juicio en contra de los lonko (con magistrados distintos a los del primero en el que habían sido absueltos de los cargos que se les imputaban) pues la Corte Suprema consideró que la sentencia no dio cuenta precisa y detallada de por qué las pruebas presentadas por la parte acusadora no sirvieron para acreditar la participación de los acusados. En el segundo caso, testigos principales revirtieron testimonios.

 

Julio-Agosto, 2003: Organizaciones mapuche realizaron una serie de manifestaciones y protestas contra el Gobierno exigiéndole que se desista de formar parte de la acciones judiciales en contra de los lonko y de Patricia Troncoso, sin embargo el Gobierno mantuvo la persecución junto a los empresarios.

 

Agosto, 2003: La corporación jurídica Nor Alinea presentó una denuncia ante la Comisión interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA en contra del Estado chileno por la vulneración a los Derechos fundamentales que ha afectado a los lonko y a Patricia Troncoso, ante esta decisión del máximo tribunal sin que aún se obtengan resultados.

 

Sept. 27, 2003: Agustín Figueroa asumiendo como su propio abogado logra la condena de los 2 lonko, a la pena carcelaria de 5 años y un día, por supuesta “amenaza terrorista” en contra de los dueños de los fundos Nancahue y San Gregorio.

 

15 Dic. 2003: La Segunda sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de los lonko Mapuche.

 

Destacadas figuras de la sociedad civil en el ámbito de lo jurídico y defensores de los derechos humanos han coincidido en señalar que: 1) la pena es desproporcionada (pues es equivalente a las condenas por delitos de homicidio); 2) que la ley invocada, a saber la nueva ley anti-terrorista, es en extremo represiva para los hechos que se imputan; y 3) que los lonkos fueron chivos expiatorios en una problemática nacional  que no se solucionará mediante la represión, sino con el tratamiento integral de un problema que seguirá existiendo.

 

14 Ene. 2004: Es detenido el Lonko Pascual Pichún en la comunidad de Temulemu. Esto tras dos intensos operativos que habían sido desplegados el día anterior para detener a ambos lonko. Pascual Pichún fue conducido al Ministerio Público para iniciar el cumplimiento de su condena.

 

(*) Nota: El Tribunal Constitucional, creado en 1981 en dictadura, es regulado por el Capítulo VII de la Constitución Política de 1980 y por esta ley, es un órgano del Estado, autónomo e independiente de toda otra autoridad o poder. Su función principal es controlar se ajusten a constitucionalidad los proyectos de ley que se tramitan para ser promulgadas, así como velar porque las acciones y omisiones de los diferentes entes particulares o corporativos respecto de las leyes sean actos constitucionales.

 

Detalle de propiedades litigadas con Juan Agustín Figueroa Yávar.

 

 

Comunidad Lugar 1 Tierras  Contraparte
Temulemu, 85 fam. Fundo Chorrillo

1000 Há.

2800 Há.

 

MININCO

A.Figueroa

 

Didaico,

48 fam.

 

Fundo Nancahue

 

 

800 há.

2500 há

1500 Há.

 

MININCO

A. Figueroa

 

 

desoBDC, ser tu mism@ es la revolución ....

 

Claudio Escobar Cáceres (No a Ralco)
Brigada Nicolasita/Inti-Simón
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